En lo tocante a Seguridad Alimentaria hay que tener en cuenta a los proveedores de productos alimenticios y también a los de materiales que van a estar en contacto con éstos, como recipientes, utensilios, bolsas o papel de envolver, envases, embalajes, etc.
El primer requisito a cumplir por un proveedor es que haya sido REGISTRADO o AUTORIZADO , según el caso, por los Organismos SANITARIOS correspondientes. Los proveedores mayoristas tienen que constar en el Registro Sanitario de Alimentos (RSA) de la AESAN, que es público y se puede consultar a través del buscador. Otra alternativa es que sea el proveedor quien acredite su inscripción.
Para establecimientos de otros países UE tal vez puedas encontrar algo en este directorio
Es conveniente tener un REGISTRO ACTUALIZADO de proveedores, con sus datos y los productos que nos suministran.

Responsabilidades (*)
Es responsabilidad del PROVEEDOR facilitar la información relativa a los alimentos que suministra, tanto si son envasados como a granel. Para determinados casos de alimentos envasados -en las condiciones establecidas en la normativa- la información obligatoria al consumidor que no conste en el envase o etiquetado puede ser facilitada a través de documentos (p.ej. fichas de productos, documentos comerciales u otros), debiendo garantizar que los mismos acompañan al producto, han sido enviados antes de la entrega o en el momento de la misma. En estos casos, el etiquetado del embalaje también debe cumplir los requisitos señalados y NO sustituye al etiquetado de los envases.
Los OPERADORES de empresas alimentarias deben garantizar que se cumplen los requisitos establecidos en la normativa sobre Información al Consumidor y otras que puedan afectar a sus actividades, así como de verificar dicho cumplimiento.
En cuanto a los productos que nos suministren, es conveniente que se concrete algún documento de ESPECIFICACIONES o PLIEGO DE CONDICIONES, donde se detallen las características que deben tener los productos, las condiciones de transporte, la documentación u otros aspectos que nos parezcan importantes y que pueden dar lugar a la no aceptación de un pedido.

Tener información completa sobre los productos y su trazabilidad es importante para delimitar nuestra responsabilidad.

Normativa:
- Rto. (UE) 1169/2011, sobre Información al consumidor. (*) art. 8
- RD 126/2015, información sobre alimentos en minorista. Título V.
